Qué hago si ya terminé de pagar mi Crédito INFONAVIT?
Si ya terminaste de pagar tu crédito del Infonavit ¡por fin lo has logrado! Ya eres propietario de tu vivienda y ahora cuentas con un patrimonio que dará seguridad y mayor certidumbre a tu familia en el futuro.
Antes de hacer tu trámite y para liberar o cancelar tu hipoteca
Entra a Cuánto debo de mi crédito y confirma tener tu saldo en ceros.
Si te encuentras trabajando y te descuentan el pago de tu crédito por nómina, obtén el Aviso de Suspensión de Descuentos en Mi Cuenta Infonavit.
Entrega este aviso en la empresa donde trabajas; ahí te lo deben firmar y sellar para que dejen de descontarte.
Si pagas por tu cuenta, llama a Infonatel y confirma que ya puedas hacer el trámite de liberación de hipoteca.
Trámite para obtener tu testimonio de liberación de hipoteca
Llama a Infonatel, y solicita la carta de cancelación de hipoteca.
Esta carta puede ser enviada al Cesi más cercano a tu domicilio en caso de que solicites tu trámite vía Registro Público de la Propiedad o al notario público que elijas quien se encarga de llevar toda la gestión, depende de cómo quieras llevar a cabo tu trámite.
Si vas a hacer tu trámite en una notaría, ahí se mandará un día hábil después de tu llamada a Infonatel; si lo vas a hacer por tu cuenta, directo en el Registro Público de la Propiedad, deberás recogerla en el Cesi que hayas elegido en siete días hábiles.
En este caso considera que la legislación de los estados de Baja California Sur, Coahuila, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Veracruz, Puebla, México, Yucatán, Quintana Roo y la del D.F. sólo permite que las hipotecas se liberen con la intervención de un notario público.
Los documentos y datos que necesitarás varían en función del tipo de escrituras.
Revisa el siguiente cuadro para que sepas qué debes tener a la mano cuando llames a Infonatel.
Tipo de escritura | Documentos / Datos necesarios que debes tener a la mano antes de llamar a Infonatel | ||
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Notario | Registro Público de la Propiedad | Escritura / instrumento privado | |
Liberación con notario público / escritura pública |
| NO APLICA |
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Liberación con notario público /instrumento privado |
| NO APLICA |
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Liberación en el Registro Público de la Propiedad (RPP) / escritura pública | NO APLICA |
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Liberación en el Registro Público de la Propiedad (RPP) / instrumento privado | NO APLICA |
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Entrega de escrituras originales
Si te otorgaron tu crédito antes del 2004, la escritura original te la entrega el Infonavit.
Si te otorgaron tu crédito a partir del 2004 y hasta la fecha, la escritura original te la entrega la notaría que elegiste.
Si decides hacer el trámite por tu cuenta en el Registro Público de la Propiedad, te entregarán el testimonio de que has liberado tu hipoteca.
Si deseas una copia certificada de tu escritura, tú deberás pagar su costo.
Qué debo llevar para recoger mi escritura
Para recogerla debes llevar original y dos copias de una identificación oficial. Te recomendamos que sea la credencial para votar expedida por el IFE.
Un apoderado legal también puede recogerla, pero necesita:
1.- En caso de escritura original: un poder notariado para que a tu nombre y representación pueda recoger la escritura.
2.- En caso de una copia de la escritura: un poder simple para que a tu nombre y representación pueda recogerla.
Otros casos en los que puedes liberar tu hipoteca
También puedes hacer el trámite de liberación de hipoteca si:
Cuentas con un dictamen de incapacidad permanente.
Eres beneficiario legal de un acreditado que ha fallecido.
Checa qué documentos debes tener a la mano antes de llamar a Infonatel.
Cuando llames di que deseas hacer el trámite por autoseguro e indica el motivo.
Motivo de la liberación Documentos que debes tener a la mano cuando llames a Infonatel Incapacidad total permanente (autoseguro); invalidez definitiva o incapacidad parcial permanente del 50% o más - Credencial del IFE
- Dictamen del IMSS en donde se diagnostique incapacidad total y permanente
- Formato de designación de beneficiarios, con firma del titular, o
- Sentencia del juez a favor del beneficiario respecto a la casa garantía del crédito
Fallecimiento - Credencial del IFE (beneficiario)
- Acta de defunción y Formato de designación de beneficiarios, con firma del titular, o
- Sentencia del juez a favor del beneficiario respecto a la casa garantía del crédito
- Si la persona ha fallecido en el extranjero presenta el certificado de defunción apostillado