NUEVO CREDITO FOVISSSTE EN PESOS
"Nuevo FOVISSSTE EN PESOS" es el crédito con garantía hipotecaria que reciban los derechohabientes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para la adquisición de vivienda nueva o usada, otorgado en cofinanciamiento entre el FOVISSSTE y la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF) o lasEntidades Financieras autorizadas, en los términos y condiciones establecidos en los criterios.
Las características y calidad de la vivienda que se adquiera con el crédito referido deberán cumplir las condiciones y requisitos establecidos en la Ley del ISSSTE, las Reglas para el Otorgamiento de Créditos vigentes y en las demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables.
Las características y calidad de la vivienda que se adquiera con el crédito referido deberán cumplir las condiciones y requisitos establecidos en la Ley del ISSSTE, las Reglas para el Otorgamiento de Créditos vigentes y en las demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables.
El Crédito “NUEVO FOVISSSTE EN PESOS” se otorga a los derechohabientes del FOVISSSTE, para adquisición de vivienda nueva terminada o usada, sin la necesidad de sorteo.
PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS
MONTO MÁXIMO DEL CRÉDITO
El monto máximo de financiamiento se integrará con la suma de los financiamientos del FOVISSSTE y de la SHF o las Entidades Financieras autorizadas por FOVISSSTE.
Para la formalización del esquema “NUEVO FOVISSSTE EN PESOS”, el derechohabiente que cumpla con los requisitos previstos en los presentes criterios, celebrará un contrato de mutuo con el FOVISSSTE y la SHF o con las Entidades Financieras que hayan suscrito previamente el convenio marco de colaboración respectivo, mismo que se otorgará conforme a lo siguiente:
El monto máximo de financiamiento se integrará con la suma de los financiamientos del FOVISSSTE y de la SHF o las Entidades Financieras autorizadas por FOVISSSTE.
Para la formalización del esquema “NUEVO FOVISSSTE EN PESOS”, el derechohabiente que cumpla con los requisitos previstos en los presentes criterios, celebrará un contrato de mutuo con el FOVISSSTE y la SHF o con las Entidades Financieras que hayan suscrito previamente el convenio marco de colaboración respectivo, mismo que se otorgará conforme a lo siguiente:
- El recurso otorgado por FOVISSSTE será equivalente al 100% del monto de la Subcuenta de Vivienda del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) del trabajador, que al momento del ejercicio del crédito tenga acumulado, mismo que en su caso, podrá ser utilizado para pago al vendedor, gastos de escrituración y amortización del recurso restante aportado por el cofinanciador. (Deberá aplicar en el orden señalado y hasta donde alcance el recurso)
- El recurso restante será aportado por la SHF o las Entidades Financieras respectivas, cuyo saldo se denominará en pesos.
PLAZO DE AMORTIZACIÓN
Los créditos se otorgarán en plazos de 5, 10, 15, 20 ó 25 años.
El plazo se determinará a elección del derechohabiente, siempre y cuando el análisis de su capacidad de pago, edad y monto máximo aprobado se determine viable.
TASA DE INTERES
La tasa de interés ordinaria establecida en los contratos de mutuo correspondientes, será la determinada en el convenio de colaboración suscrito entre FOVISSSTE, SHF y Entidades Financieras autorizadas por el Fondo.
Para el ejercicio 2014 la tasa de interés ordinaria será del 10.25%, misma que representa el CAT (Costo Anual Total).
La tasa de interés ordinaria establecida en los contratos de mutuo correspondientes, será la determinada en el convenio de colaboración suscrito entre FOVISSSTE, SHF y Entidades Financieras autorizadas por el Fondo.
Para el ejercicio 2014 la tasa de interés ordinaria será del 10.25%, misma que representa el CAT (Costo Anual Total).
*Esquema crediticio sujeto a aprobación.